DERECHOS Y DEBERES DE LOS SEÑORES VIAJEROS
Derechos de los señores viajeros:
1.- Derecho a la utilización del servicio en los términos ofertados.
2.- Derecho a transportar su equipaje, dentro de los límites de peso y volumen establecidos en la normativa correspondiente.
3.- Derecho a que los niños menores de 4 años que no ocupen asiento viajen gratis, siempre que vayan acompañados por un adulto.
4.- Derecho a la utilización del Libro de Reclamaciones.
5.- Derecho al Seguro Obligatorio de Viajeros, en caso de accidente, para lo cual deberá conservar el billete hasta el final del trayecto.
Deberes de los señores viajeros:
1.- No se permite subir al autobús con botas de esquiar ni tampoco con calapiés de ciclista.
Queda prohibido a los señores viajeros:
1.- Distraer al conductor durante la marcha del vehículo.
2.- Entrar o salir del vehículo cuando se haya hecho la advertencia de que está completo o cuando el viajero carezca de billete.
3.- Dificultar innecesariamente el paso en los lugares destinados al tránsito de personas, así como llevar materiales u objetos peligrosos.
4.- Llevar consigo cualquier animal. Se exceptúan de esta prohibición a los perros lazarillo de invidentes.
5.- Desatender las instrucciones que sobre el servicio den el conductor o el responsable del servicio.
6.- Fumar en el interior de los vehículos.
7.- Levantarse de su asiento durante el trayecto, salvo por razones de urgencia justificada, así como viajar de pié.
8.- Comer y beber dentro del autobús.
9.- Solicitar parada o coger el autobús fuera de las paradas establecidas.